CARTA ABIERTA AL DOCTOR MIGUEL FORTIN MAGAÑA , DIRECTOR DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL

San Salvador, 28 de diciembre del 2015.

Estimada Patricia Fortin: No hemos tenido el gusto de conocerla. Pero al no tener a la mano el sitio FACEBOOK del excelentisimo Doctor Miguel Fortin Magaña, mucho agradeere, le haga llegar mi mensaje de FELIZ NAVIDAD Y AÑO NUEVO, asimismo, las felicitaciones por tan ejemplar desempeño al frente del INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL, y el agradecimiento por la valia al frente de dicha institucion y el coraje para enfrentar todos los desagravios y molestias que dicho cargo le ha representado y que con humilidad y calidad humana lo ha desempeñado, algo muy noble y sui generis. Mi espossa y Yo, le estamos altamente agradecidos, por la POSICION que adopto tecnica y no politca para la defensa de su labor en tan prestigiosa institucion. Estamos a la orden en nuestros sitios web y en nuestro correo personal y que DIOS lo colme de multiples bendiciones a el y a toda su familia, por respetar las sagradas enseñanzas de nuestro Señor Jesus de Nazareth. De no presetarse a asesinatos y crimenes politicos a peticion de familiares cupulas de poder politico y economico, y respetar los APOSTILLADOS CANADIENSES con relacion al amaño politico identificado en los expedientes de la fiscalia, de medicina legal y del ISDEMU. Para la preservacion de nuestra vida tanto regional como en el extranjero. QUEDANDO EN EL ENTENDIDO QUE TODOS ESTOS EXPEDIENTES QUE CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA FUERON PRE FABRICADOS PARA ASESINAR A MANSALVA A DOS VICTIMAS INOCENTES REFUGIADOS POLITICOS, CON LA LEY PRE EXISTENTE DE AMNISTIA Y LAS MULTIPLES LEYES QUE LOS BLINDAN A PERPETUIDAD YA NO PODRA EL ISSS O CUALQUIER RED MEDICA HOSPITALARIA, ACATAR ORDENES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y DE LA CSJ DE EL SALVADOR, PARA DESAPARECER DE FORMA FORZADA, COMO LO QUISIERON EFECTUAR EL CUATRO DE JULIO DEL DOS MIL CINCO, DE LOS CASOS P1312-06 Y EL 3854UDV09, DEL CASO DE HERNAN HERRERA ESCOBAR, DE LA PRIVACION DE LIBERTAD QUE SE CONVIRTIO EN EL CRIMEN ORGANIZADO REGIONAL Y EXTRANJERO DE CUELLO BLANCO, Y TODO ESTO PARA LA APLICACION DE LA LEY DE EXTINCION DE DOMINIO, CONTRA LOS 153 PARTICIPANTES QUE UD. PUBLICA Y TELEVISIVAMENTE DIJO QUE ANDABAN LIBRES, y que el fiscal luis martinez le dijo que se callara la boca por ende , el fiscal luis martinez jamas podra demandar a las victimas, por esa evidencia publica y televisiva que usted realizo, para la preservacion de nuestras vidas, y valga la redundancia el hallazgo en contra d em monseñor jesus delgado, que fue quien firmo la carta a la OEA, con esa evidencia jamas podra proceder cualquier MINISTRO DE SALUD, COMO LO HA QUERIDO REALIZAR VANDA PIGNATO aliandose estrategicamente con dicha ministra a peticion de Rhina Aracely cAÑAS, liNDA CASTELLANOS DE HERRERA, MARCELA HERRERA CAÑAS, Y GUILLERMO GALLEGOS DIPUTADO DE GANA, QUE ha gerenciado la orquesta en contra de las victimas tanto de los participantes en El Salvador, como de los participantes que radican en los EEUU, por ende, cualquier nueva autoridad que asuma su posicionamiento en medicina legal y lea esta prueba, se ratificara, que la fiscalia, jamas podra proceder en contra de las victimas , ni pretender el ex fiscal luis martinez, proteger a Carlos Mauricio Funes Cartagena y la ex esposa de este, y todos los 153 participantes, para encubrir los cinco casos de lesa humanidad vigentes e imprescriptibles, sin necesidad de utilizar al tribunal de la haya holanda a traves de la Asamblea legislativa, o a traves de los estatutos de roma,, sin necesidad de exigir una prueba cientifica del bombardeo quimico, ya que jamas, podra judicializarse, el bombardeo quimico, debido a la persecucion politica identificada por medio de la carta de LA OEA P1312-06, ni pretender de forma cohercitiva aplicar cualquier ley, que emane, de la Asamblea Legislativa, como por ejemplo la Ley de Organos, basandonos, tanto en las multiples leyes violadas por cancilleria salvadoreña, como por el nuevo regimen del Codigo Civil Frances, por el estatus quo de Monarquia Francesa y por ende Alemana, y por los respaldos diplomaticos de la embajada de Argentina, de Alemania, de Corea, y de Holanda, y de Noruega en Guatemala y de Suiza en Costa Rica, y del Condado de Monaco, y certificandose de esta manera, la proteccion e inmunidad diplomatica, aunque haya sido vedada la diplomacia consular, con solo el documento probatorio firmado y sellado y ratificado ante Relaciones Exteriores, con la documentacion internacional, asimismo se encuentra subsanado ante Corte de Cuentas de El Salvador la validez y la probidad de las cuentas pendientes del fisco, a favor nuestro tanto de Hacienda como de Corte de Cuentas como una rendicion de cuentas con beneficio de inventario, en contra del Consejo Salvadoreño del Cafe, y de todos los demas enunciados, catalogados implicados en el plagio del cuatro de julio del dos mil cinco, en la tentativa en primer grado del ISDEMU, del tres de abril del dos mil catorce en nuestra casa de habitacion a las nueve y media p.m., y la retroactividad de la ley de tratados internacionales, que jamas expiraran aunque los hechos hayan acaecidos en el 2005 y otros en el 2013, por el hecho de que la prueba codificada contra la Asamblea Legislativa, como contra la Corte Suprema de Justicia, arribo al pais, el año 2014, por ende en contra del Ministerio de Hacienda y de Corte de Cuentas, ya que esta prueba nos servira para el Fondo Monetario Internacional en Washington, D.C. y para el Fiduciario (Trustee).

ATENTAMENTE,

ARGELIA PATRICIA ANTONIA HERRERA SANDOVAL DE ZECEÑA DU SAINT-EXUPERY

RUBEN EDGARDO ZECEÑA MEJIA DU SAINT-EXUPERY

Para cualquier comunicacion estamos a su orden en el correo electronico :
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